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Tributario


Recuerde los vencimientos tributarios para este mes

El próximo martes 11 de julio, inician los vencimientos correspondientes a retención en la fuente del mes de junio; IVA bimestral, impuesto al consumo, precios de transferencia, entre otros.
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07 de Julio de 2017

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La Dian recuerda que el próximo martes 11 de julio inician los vencimientos correspondientes a retención en la fuente del mes de junio; IVA bimestral, impuesto al consumo, precios de transferencia, impuesto al carbono e impuesto a la gasolina y al ACPM. (Lea: La Dian dio a conocer la versión gráfica del calendario tributario 2017)

 

Los vencimientos finalizarán el día 25, de acuerdo con el último dígito del NIT, como lo establecen los decretos 2105 del 2016 y 220 del 2017, que fijan los plazos para cumplir con los impuestos nacionales. (Lea: Conozca las fechas definitivas del calendario tributario 2017)

 

  • Declaración mensual de retención en la fuente

Los agentes de retención de los impuestos: sobre la renta y complementarios, de timbre y sobre las ventas, así como los autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementario, deberán declarar y pagar las retenciones y autorretenciones efectuadas en el mes de junio.

 

  • Declaración y pago bimestral del IVA

Son responsables de este impuesto los grandes contribuyentes y las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2016 hayan sido iguales o superiores a $ 2.737.276.000 (92.000 UVT), y por tanto, los obligados deberán cancelar el periodo mayo–junio.

 

  • Declaración y pago bimestral del impuesto nacional al consumo

Los responsables de este impuesto deberán presentar y pagar la declaración correspondiente al bimestre mayo–junio.

 

  • Declaración informativa de precios de transferencia

Por el año gravable 2016, deberán presentar esta declaración los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios obligados a la aplicación de las normas que regulan el régimen de precios de transferencia, que celebren operaciones con vinculados, conforme con lo establecido en los artículos 260-1 y 260-2 del Estatuto Tributario, o con personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en paraísos fiscales.

 

Esta declaración informativa se presentará en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dian.

 

  • Impuesto nacional al carbono

Los responsables de este impuesto deberán declarar y pagar el bimestre mayo–junio el día 21 de julio del 2017.

 

  • Declaración mensual del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM

Los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM deberán declarar y pagar el impuesto correspondiente al periodo junio del 2017, el día 21 de este mes.

 

Con el propósito de mitigar la posibilidad de que el declarante incurra en incumplimiento tanto de la presentación como del pago, la autoridad tributaria le recuerda llamándole desde el call center de cobro dos o tres días después del vencimiento del plazo, evitando con ello mayores costos financieros para el contribuyente.

 

(Dian, Comunicado, Jul. 07/17)

 

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