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Actualizado hace 9 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


¿Cuál será la estrategia para devolver el IVA a la población más pobre?

09 de Marzo de 2020

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El Consejo Nacional de Política Económica y Social publicó el borrador del que sería el Conpes que define la estrategia para la implementación del mecanismo de compensación del impuesto a las ventas (IVA) a favor de la población más pobre y vulnerable. El documento incluye la selección y priorización de los hogares beneficiarios de la compensación y la consolidación de un esquema de pagos centralizado y a bajo costo.

 

¿En qué consiste?

 

Este mecanismo consiste en la entrega de una suma fija cada dos meses, que será definida por el Ministerio de Hacienda y el DNP cada año, en términos de UVT.

 

Adicionalmente, para la transferencia de los recursos se hará uso de los esquemas de pago de los programas que actualmente entregan transferencias condicionadas a dicha población, y a partir de 2021 se tendrán en cuenta otros programas sociales u otros mecanismos que beneficien a hogares de menores ingresos que no reciben transferencias monetarias.

 

En esa medida, en el 2020 los pagos de la compensación se harían a través de las entidades financieras u otras entidades autorizadas que realicen la entrega de las transferencias de los programas Familias en Acción (FA) y el Programa Colombia Mayor(CM). A partir del 2021, los pagos se realizarían a través de la plataforma del Ministerio de Hacienda.

 

Principales acciones para la puesta en marcha el mecanismo de compensación de IVA

 

Esto comprende acciones para el proceso de identificación y selección de las familias beneficiarias, la entrega y operación de la compensación, el seguimiento y evaluación del mecanismo y una propuesta de gobernanza del esquema para el mediano y largo plazo.

 

Proceso de focalización

 

El proceso de focalización se desarrollará en dos etapas. La primera es la focalización territorial y la segunda es la focalización individual. En esa medida, hasta tanto el programa no haya logrado cobertura en todos los municipios del país, el DNP realizará la priorización de los municipios en función de la medida de pobreza multidimensional censal publicada por el Dane, a partir del Censo Nacional de Población y Vivienda (2018), que está disponible para todos los municipios del país, y otros criterios relacionados con condiciones socioeconómicas de los municipios.

 

A partir de los municipios priorizados, se seleccionará a los potenciales beneficiarios. Para tal efecto, en 2020 el DNP seleccionará a los hogares beneficiarios teniendo en cuenta su clasificación en el Sisbén, para que la compensación se asigne de manera progresiva entre los hogares más pobres y a aquellos hogares que tienen beneficiarios inscritos y activos en los programas de FA o CM.

 

A partir de 2021, para la selección de los hogares que realiza el DNP se tendrán en cuenta los  hogares inscritos en los programas sociales que realicen pagos de transferencias, así como hogares que de acuerdo con la clasificación del Sisbén IV son elegibles para el mecanismo, pero no son beneficiarios de los programas mencionados por no cumplir con las características y condiciones requeridas.

 

Para llegar a los hogares que actualmente no están inscritos en dichos programas, durante este año DNP, Prosperidad Social y el Ministerio de Hacienda deberán diseñar el esquema de entrega de la compensación a estos hogares, para determinar el mecanismo de ubicación e inscripción de los mismos y el mecanismo con que se hará efectiva la entrega a partir de 2021.

 

Entrega de la transferencia

 

En 2020, los pagos se realizarán a través de Familias en Acción y el Programa Colombia Mayor. Para lo anterior, el Ministerio de Hacienda suministrará cada año al Departamento para la Prosperidad Social y al Ministerio del Trabajo, el listado de beneficiarios de la compensación que cumplan con la metodología de focalización desarrollada por el DNP.

 

En 2020, esta información deberá incorporarse dentro de las condiciones del proceso licitatorio que realizará el Departamento para la Prosperidad Social a través de la Agencia Nacional de Contratación Pública, para la adjudicación del contrato de dispersión de las transferencias monetarias a una de las entidades bancarias registradas en la plataforma de CCE. El proceso de adjudicación se hará mediante el Instrumento de Agregación de Demanda (IAD) de servicios financieros.

 

De igual forma, con el fin de realizar la entrega de la compensación a través de CM, el Ministerio del Trabajo deberá suscribir un contrato de encargo fiduciario con el operador que maneja el programa.

 

A partir de 2021, los pagos se realizarán a través del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) que es administrado por el Minhacienda. El SIIF-Nación es una herramienta a través de la cual el Ministerio de Hacienda y Crédito Público realiza pagos descentralizados y se usará para la aplicación de los depósitos y abonos a cuentas de ahorro o depósitos electrónicos simplificados de los beneficiarios. Para lo anterior, durante 2020 y 2021, la cartera de Hacienda realizará las adecuaciones tecnológicas e inversiones en infraestructura para la digitalización plena de los flujos y la modernización de los pagos, con lo cual se contará con la capacidad para realizar las transferencias en los volúmenes que el esquema de compensación requiere.

 

Adicionalmente, en 2020 el DNP en conjunto con el Departamento para la Prosperidad Social y el Ministerio de Trabajo (junto con el administrador fiduciario de los recursos de Fondo de Solidaridad Pensional), y siguiendo los requerimientos del Banco de la República y el Ministerio de Hacienda, diseñarán una hoja de ruta para la recopilación de la información necesaria de parte de los beneficiarios para la transmisión de los datos y la generación de las transferencias a través del SIIF-Nación y del Cenit.

 

Evaluación y seguimiento

 

La Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas (DSEPP) del DNP realizará una evaluación de operaciones y levantamiento de línea base del esquema de compensación del IVA en el año 2020. Cuando dicho esquema tenga un periodo de implementación de dos años, se realizará una evaluación de impacto de mediano plazo al finalizar el cuatrienio.

 

Departamento Nacional de Planeación, Proyecto de norma, 03/02/20. 

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