Fijan procedimiento y aplicación de la cláusula general antiabuso en materia tributaria (8:00 a.m.)
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23 de Enero de 2020
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A través de la Resolución 0004 del 2020, la Dian estableció el procedimiento y aplicación de los artículos 869, 869-1 y 869-2 del Estatuto Tributario (E. T.) referidos al abuso en materia tributaria. La norma precisó las definiciones de evasión y elusión tributaria, a la luz del artículo 869 del E. T.; serán reconocidas como operaciones que constituyan abuso en materia tributaria aquellas que se enmarquen dentro del concepto de elusión y no de evasión. El artículo 896-1 fijó un procedimiento especial por abuso en materia tributaria, el cual requiere de la reglamentación del emplazamiento especial por abuso. El artículo 869-2 facultó a la Dian para que en los casos de presentarse abuso en los términos del artículo 869 pueda remover el velo corporativo de entidades que hayan sido utilizadas o hayan participado, por decisión de sus socios, accionistas, directores o administradores dentro de las conductas abusivas. Con lo anterior, es preciso aclarar que la facultad de remoción del velo corporativo estará supeditada a lo señalado en el artículo 794-1 del estatuto.
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