Exención tributaria que favorecía a sociedades constituidas después de la Ley 1943 del 2018 es inexequible
17 de Septiembre de 2021
La Corte Constitucional declaró inexequible la expresión “constituirse a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018 e” contenida en el literal (b) del numeral 2 del artículo 91 de la Ley 2010 del 2019.
Esta ley adoptó normas para la promoción del crecimiento económico, el empleo, la inversión, el fortalecimiento de las finanzas públicas y la progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario, de acuerdo con los objetivos que sobre la materia impulsaron la Ley 1943 del 2018. Por su parte, el artículo 91 modificó el artículo 235-2 al Estatuto Tributario y establece las rentas exentas a partir del año gravable 2019. (Lea: Renta exenta para el desarrollo del campo colombiano solo procede sobre proyectos de inversión en el ámbito rural)
Entretanto, el numeral 2º regula el incentivo tributario para el desarrollo del campo colombiano y el literal (b) indica que “las sociedades deben constituirse a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018 e iniciar su actividad económica antes del 31 de diciembre de 2022”.
Según la corporación, existe un patrón de igualdad entre todas las sociedades que, independientemente de su fecha de constitución, realicen inversiones que incrementen la productividad del sector agropecuario y que cumplan con las demás condiciones que prevé el numeral 2 del artículo 91 de la Ley 2010.
Además, frente al juicio integrado de igualdad, consideró que la diferencia de trato entre las sociedades constituidas antes y después de la vigencia de la Ley 1943 es evidente: mientras que las constituidas después de dicha vigencia son susceptibles de beneficiarse de la exención tributaria materia de esta providencia, las que ya existían para dicha fecha no gozan de esa prerrogativa.
También explicó que la expresión legal demandada carece de toda eficacia, si se considera que, a fin de aprovechar el incentivo tributario previsto por la norma, las empresas constituidas antes de la Ley 1943 del 2018 podrían buscar la forma de operar a través de nuevas sociedades constituidas luego del 28 de diciembre del 2018 (M. P. Cristina Pardo Schlesinger).
Opina, Comenta