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Este es el proceso para expedir la certificación de exención de renta a hoteles nuevos y remodelados (3:48 p.m.)

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13 de Marzo de 2018

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Para solicitar las certificaciones contempladas en el numeral 2º del artículo 5º y en el numeral 4º del artículo 7º  del Decreto 2755 del 2003 se cumplirá el siguiente proceso: (i) el prestador de servicios turísticos presentará la solicitud a la Dirección de análisis sectorial y promoción del Viceministerio del Turismo; (ii) dicha dirección procederá a verificar que el Registro Nacional de Turismo del solicitante se encuentre activo; (iii) una vez verificado el requisito anterior, el despacho en mención designará un funcionario para realizar la verificación de los servicios prestados por el establecimiento hotelero, para lo cual se adelantará una visita durante el año gravable en que inicie operaciones y de la cual se levantará un acta, en la que conste la relación de los servicios prestados en el establecimiento nuevo o remodelado. En esta visita, el certificado se expedirá en el establecimiento hotelero. Para certificaciones anuales posteriores a la visita, la dirección verificará que el registro se encuentra activo para el periodo que corresponda y que el prestador se encuentra al día en el pago de contribución parafiscal. Así, se deroga la Resolución 944 del 2007.

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