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Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Dian modificaría fecha máxima para adoptar anexo técnico del documento soporte de la factura electrónica

26 de Julio de 2021

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La Dian propuso modificar el inciso 2 del parágrafo 4 del artículo 55 de la Resolución 0042 del 2020, con la cual estableció las condiciones, términos y los mecanismos técnicos y tecnológicos para la generación, trasmisión, validación, expedición y entrega de la facturación electrónica al adquiriente. Dicha norma fue modificada por el artículo 5 de la Resolución 0012 del 2021 y el artículo 2 de la Resolución 0037 del 2021. Igualmente, plantea adicionar un parágrafo al artículo 1 de la Resolución 0037 del 2021.

 

La entidad considera necesario modificar la fecha máxima para la adopción del anexo técnico documento soporte, con la posibilidad de que se adicione lo señalado en una reciente modificación, es decir, la inclusión de la funcionalidad al facturador gratuito, el requisito incorporado por el Decreto 723 del 2021 al numeral 7 del artículo 1.6.1.4.27. del Decreto 1625 del 2016, único reglamentario en materia Tributaria y demás aspectos necesarios para su correcta implementación. (Lea: ¿Cooperativas de trabajo asociado deben implementar nómina electrónica?)

 

La fecha establecida en el inciso 1 del presente artículo no aplicará para la habilitación, generación y transmisión del documento soporte de adquisiciones a sujetos no obligados a expedir factura o documento equivalente para la implementación el anexo técnico documento soporte -Versión 1.0. de que trata el parágrafo 4 del artículo 55 de la Resolución 000042 del 05 de mayo de 2020, adicionado por la Resolución 000012 del 9 de febrero de 2021.”, puntualiza el proyecto de norma. (Lea: Dian incorpora nuevos servicios y documentos a la factura electrónica)

 

En el desarrollo y ejecución de la funcionalidad del documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente se evidenció que era necesario que el anexo técnico contemplara la forma de subsanar errores con posterioridad a la generación, transmisión y validación del documento soporte; por lo tanto, con el fin de lograr la implementación adecuada de dicho documento que incorpore los aspectos mencionados anteriormente se propone postergar la fecha de entrada en vigencia de la transmisión electrónica hasta que se expida la nueva versión del anexo, que en cualquier caso sería a partir del 31 de enero del 2022. (Lea: Novedades en los plazos para implementar la facturación electrónica)

 

Por lo anterior, la Dian recibirá comentarios y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta mañana 27 de julio del 2021, a través del siguiente buzón: mmarquezo@dian.gov.co. Este correo es de uso exclusivo para recibir únicamente comentarios al proyecto de resolución, “favor abstenerse de enviar comunicaciones diferentes”.

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