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Demandan norma de exoneración tributaria para predios de víctimas del conflicto armado interno

De acuerdo con los demandantes, el aparte es inconstitucionales porque regula una exclusión tributaria y no una exención.
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22 de Marzo de 2023

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La Corte Constitucional admitió una demanda contra la expresión “y/o exoneración”, contenida en el numeral 1 del artículo 121 de la Ley 1448 del 2011, que regula los mecanismos reparativos en relación con los pasivos de las víctimas generados durante la época del despojo o el desplazamiento.

De acuerdo con los demandantes, el aparte es inconstitucional porque lo que en realidad regula es una exclusión tributaria y no una exención; por lo tanto, indican que el legislador tenía una amplia posibilidad de establecer una exclusión tributaria que modificara las leyes referentes a los tributos a la propiedad inmueble con el fin de evitar confusiones entre la obligatoriedad de ser adoptadas o no por los entes territoriales. No hacer esa precisión con técnica legislativa ha generado vulneraciones a derechos de las víctimas del conflicto interno, obligándolas a interponer acciones de tutela para el reconocimiento de esta exclusión. (Demandantes: Kenneth Burbano e Ingrid Vanessa González).

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