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Demandan apartes de la tarifa y sujeto pasivo del Simple

De acuerdo con el demandante, los apartes acusados son contrarios a los principios y derechos constitucionales de igualdad, equidad, progresividad y justicia tributaria.
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14 de Junio de 2023

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La Corte Constitucional admitió una demanda en contra de apartes normativos de los artículos 42 y 44 de la Ley 2277 del 2022, que determinan los sujetos pasivos y la tarifa del impuesto unificado bajo el régimen Simple de tributación (Simple).

De acuerdo con el demandante, los apartes acusados son contrarios a los principios y derechos constitucionales de igualdad, equidad, progresividad y justicia tributaria, dado que el artículo 42 limitó la posibilidad de acceder al impuesto unificado a los sujetos (personas naturales o jurídicas) que prestan servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales con ingresos brutos mayores a 12.000 UVT.

No obstante, el numeral 5 del artículo 44 demandado establece una diferencia en relación con los médicos y odontólogos respecto de las otras profesiones liberales. Este enunciado prevé que quienes realizan actividades de atención de la salud humana y de asistencia social pueden acceder al impuesto unificado bajo el régimen Simple si tienen ingresos brutos inferiores a 100.000 UVT (Demandante: Humberto Sierra Porto).

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