Corte Constitucional se acoge a lo resuelto sobre la base gravable del impuesto al consumo de licores
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04 de Enero de 2021
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La Corte Constitucional estudió una demanda de inconstitucionalidad presentada contra el artículo 19, parcial, que precisa la base gravable del impuesto al consumo de licores, vinos y aperitivos similares, y el artículo 20, parcial, que regula las tarifas de este impuesto, de la Ley 1816 del 2016, que establece el régimen propio del monopolio rentístico de los licores destilados. En tal sentido dispuso estarse a lo resuelto en la Sentencia C-511 del 2019, mediante la cual se declararon exequibles las expresiones sobre “precio de venta al público… certificado anualmente por el DANE, garantizando la individualidad de cada producto”, contenida en el inciso segundo del artículo 19, y el aparte “para desarrollar directa o indirectamente a través de terceros, todas las gestiones indispensables para determinar anualmente el precio de venta al público de los productos sujetos al impuesto de consumo”, contenida en el inciso 1º del parágrafo segundo del mismo artículo 19, por los cargos analizados en esa sentencia. Igualmente, declaró estarse a lo resuelto en la Sentencia C-511 del 2019, sobre varias expresiones del artículo 20. Finalmente, se declaró inhibida para emitir un pronunciamiento de fondo respecto de otras expresiones del artículo 19 y 20, por ineptitud sustantiva de la demanda. Conozca todas las expresiones y los argumentos en el texto adjunto (M. P. Antonio José Lizarazo Ocampo).
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