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Modificación del plazo para aplicar contribución de valorización sería inconstitucional

La disposición modifica el inciso segundo del artículo 249 de la Ley 1819 del 2016, sobre la aplicación de la contribución de valorización
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08 de Noviembre de 2024

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Con base en las posibles violaciones de los principios de prohibición de retroactividad en materia tributaria, buena fe, confianza legítima y unidad de materia, se presenta una demanda en contra del artículo 280 del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 (L. 2294/23). Esta norma señala que la contribución nacional de valorización se podrá probar y aplicar antes, durante y hasta cinco años después del inicio de la operación del proyecto.

De acuerdo con el demandante, la norma acusada modifica el inciso segundo del artículo 249 de la Ley 1819 del 2016, sobre la aplicación de la contribución de valorización, de tal forma que amplía significativamente el alcance de la norma, lo que, a la vez, genera incertidumbre para los contribuyentes, quienes podrán verse sujetos a una carga fiscal mucho más alta después de que el proyecto se haya completado. (Demandante: Mauricio Gómez Amín)

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