Facultad de imponer sanciones en materia aduanera podría implicar decisiones arbitrarias y no simplemente discrecionales
07 de Febrero de 2024
La Corte Constitucional admitió una demanda contra varios artículos del Decreto 920 del 2023 (nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia aduanera) por vulnerar los derechos constitucionales al debido proceso, el principio de legalidad y tipicidad y el de proporcionalidad.
Adicionalmente, señalan los demandantes, las normas contienen apartes fundados en la discrecionalidad del funcionario que pueden sobrepasar los límites de sus facultades y consolidarse en decisiones arbitrarias y no simplemente discrecionales.
Los artículos relativos a la facultad que tiene la autoridad administrativa de sustituir una sanción de multa por una suspensión de tres meses, de acuerdo con la gravedad de los perjuicios a los intereses del Estado, vulneran los principios de legalidad, tipicidad y proporcionalidad, los cuales son pilares fundamentales en el derecho administrativo sancionatorio.
Según la demanda, las sanciones de suspensión de hasta por tres meses para los diversos operadores del régimen aduanero son excesivas y carecen de proporcionalidad, al igual que la medida cautelar de suspensión provisional.
Lo anterior resulta claramente desproporcionado en relación con las faltas que pudieran cometer los usuarios aduaneros, más si se tiene en cuenta que su imposición incluso procede como medida cautelar previa a la decisión del proceso, lo cual supone una sanción anticipada sumaria sin fórmula de juicio.
Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites
Paute en Ámbito Jurídico.
Siga nuestro canal en WhatsApp: http://tinyurl.com/2bl6jgof
Opina, Comenta