Así será el formulario para declarar retenciones en la fuente
16 de Enero de 2024
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dio a conocer un proyecto de resolución que prescribiría el formulario 350 para la presentación de la declaración de retenciones en la fuente a partir del año 2024 y siguientes.
Según el proyecto, el formulario de declaración de retenciones en la fuente sería de uso obligatorio para quienes por expresa disposición legal hayan sido definidos como agentes de retención, por concepto de los impuestos sobre la renta y complementario, impuesto sobre las ventas, timbre nacional y autorretención a título de impuesto sobre la renta y complementario. (Lea: Ampliarán plazos para entregar información exógena cambiaria).
Así mismo, los obligados a presentar el formulario prescrito deberán hacerlo a través de los servicios informáticos dispuestos por la entidad, utilizando el instrumento de firma electrónica (IFE) autorizado por la Dian.
Además, el documento aclara que, los agentes retenedores que hagan pagos o abonos en cuenta por concepto de rentas sujetas a impuesto en Colombia, a favor de sociedades u otras entidades extranjeras sin domicilio en Colombia, personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia o sucesiones ilíquidas de extranjeros que no eran residentes en Colombia deberán presentar el Formulario N° 350, diligenciando las casillas correspondientes a la sección “pagos exterior” a través de los conceptos de pagos de la hoja dos, la cual hace parte integral de este formulario.
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