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Así se establece periodicidad del contribuyente del régimen simplificado que pasa a pertenecer al común del IVA (11:41 a.m)

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28 de Junio de 2017

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El ciudadano que se encontraba en el régimen simplificado y realizaba operaciones que comportaban el hecho generador aunque no fuere contribuyente del impuesto sobre las ventas debía llevar el libro fiscal de registro de operaciones y, en cumplimiento de dicha obligación, verificar los ingresos percibidos en el año anterior para efectos de determinar su periodo gravable, de acuerdo con lo establecido en el artículo 600 del Estatuto Tributario. Por el contrario, si no realizaba operaciones que comportaran el hecho generador del tributo su declaración es bimestral. Así lo precisó la DIAN, al resolver una consulta sobre una persona natural perteneciente al régimen simplificado en el 2016 y que pasó al régimen común del IVA en el año 2017. 

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