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Así funciona la solicitud de reducción del anticipo de la declaración de renta

No son suficientes las expectativas o proyecciones de que no se van a recibir ingresos.
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18 de Julio de 2023

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El artículo 807 del Estatuto Tributario establece el cálculo que están obligados a realizar los contribuyentes a título de anticipo del impuesto sobre la renta del año siguiente al gravable, el cual es liquidado en la respectiva declaración conforme con los porcentajes allí establecidos, y cuyo valor podrá ser detraído en la declaración del año gravable siguiente.

Por su parte, el artículo 809 de la misma norma prevé que la administración tributaria autorizará la reducción del anticipo previa solicitud de los contribuyentes. La Sala advierte que ese artículo dispone que se debe acreditar la disminución de ingresos a través de pruebas idóneas y no de meras expectativas o proyecciones.

Es decir que para la solicitud de reducción del anticipo no basta con la simple afirmación de que en el futuro no se percibirán ingresos, pues debe demostrarse que efectivamente se redujeron los ingresos durante la primera parte del año.

Para el reconocimiento de la reducción la única prueba no es la contable, sino que admite cualquier medio probatorio idóneo, conducente y pertinente que demuestre la efectiva disminución de los ingresos en los términos establecidos en la ley (C. P.: Milton Chaves García).

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