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Establecen beneficios tributarios para facilitar y promover realización de la COP16

Los beneficios de la ley aplican a transacciones realizadas hasta un mes después de la finalización de la COP16, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.
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Establecen beneficios tributarios para facilitar y promover realización de la COP16 (Minambiente)

15 de Octubre de 2024

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Fue promulgada la ley que establece mecanismos tributarios para facilitar la realización de la decimosexta Conferencia de las partes del convenio sobre la diversidad biológica (COP16), programada para el año 2024 en Santiago de Cali. Esta legislación busca promover un entorno favorable para el desarrollo de este importante evento internacional, que reúne a países para discutir la conservación de la biodiversidad.

Según el documento, se contempla la exención del impuesto sobre las ventas (IVA) para la venta de bienes corporales muebles, así como para la prestación de servicios tanto en el territorio nacional como desde el exterior. Esta medida se aplicará a las importaciones de bienes cuyo pago se realice con recursos del presupuesto nacional o de las entidades locales implicadas en la organización de la COP16. (Lea: Gobierno presenta propuestas para la COP16)

Para la adquisición de bienes y servicios necesarios para la COP16, se aplicarán las reglas del artículo 429 del Estatuto Tributario. Además, si estos bienes y servicios son adquiridos con donaciones de gobiernos o entidades extranjeras deberán cumplirse los requisitos estipulados en tratados internacionales y la Ley 788 del 2002.

Para acceder a la exención del IVA será necesario contar con un certificado especial. Los saldos a favor generados en las declaraciones tributarias del IVA podrán ser utilizados en periodos siguientes, aunque no serán susceptibles de devolución ni compensación, garantizando así un manejo adecuado de los recursos.

El incumplimiento de las disposiciones de la ley resultará en la inaplicación del tratamiento tributario de los bienes o servicios exentos. En tales casos, las ventas o importaciones estarán sujetas a las normativas del Estatuto Tributario, recayendo la responsabilidad del impuesto en el vendedor o prestador del servicio.

Los beneficios de la ley aplican a transacciones realizadas hasta un mes después de la finalización de la COP16, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y las autoridades locales estarán a cargo de expedir los certificados necesarios para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

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