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Actualizado hace 14 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Convocan a audiencia pública sobre suspensión de permisos para introducir aguardiente a los departamentos

23 de Septiembre de 2024

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Nota:
206066

La Corte Constitucional estudia una demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 28 de la Ley 1816 del 2016, por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de licores destilados. En el curso del proceso, advirtió que las pruebas e intervenciones recibidas dan cuenta de la existencia de importantes controversias que deben ser esclarecidas para adoptar la decisión de constitucionalidad.

Según los demandantes, los incisos acusados vulneran la libertad de competencia reconocida en el artículo 333, la naturaleza de los monopolios rentísticos previstos en el artículo 336 y el derecho a la libre elección de los consumidores previsto en el artículo 78, todos de la Constitución Política, pues limitan de forma desproporcionada la libre competencia, impiden la libre elección de los consumidores en el abastecimiento del aguardiente y desconocen la naturaleza rentística de los monopolios. 

Y es que la norma demandada faculta a los departamentos que ejerzan el monopolio de la producción de licores para suspender la expedición de permisos para introducir aguardiente nacional o extranjero en sus respectivas jurisdicciones. La suspensión se otorga exclusivamente por representar amenaza de daño grave a la producción local, sustentada en la posibilidad de un incremento súbito e inesperado de productos similares provenientes de fuera de su departamento a su territorio.

Así las cosas, el alto tribunal convocó a audiencia pública para el próximo 7 de octubre, en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia, Palacio de Justicia Alfonso Reyes Echandía, en Bogotá, a los ministros de Hacienda y Comercio, a los gobernadores de los departamentos de Cundinamarca, Valle, Antioquia y Caldas, a los gerentes de algunas empresas licoreras del país y a expertos técnicos en materia económica y derecho de la competencia.

El objetivo de la audiencia, en la cual se profundizará sobre la finalidad de la medida demandada y sus efectos en el recaudo de las rentas del monopolio de licores y en la participación plural en el mercado del aguardiente, es recaudar más información sobre los puntos mencionados que generan controversia y poder así proferir una decisión en Derecho. El día de la diligencia la Sala Plena no tomará ningún tipo de determinación (M. P. Jorge Enrique Ibáñez Najar).

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