27 de Julio de 2024 /
Actualizado hace 36 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Activos amortizables o depreciables deben formar parte de las partidas no corrientes

07 de Mayo de 2021

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Nota:
120253
Frente a una consulta sobre la clasificación de las licencias en activos corrientes o no corrientes, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública precisó que los activos amortizables o depreciables, como los intangibles y los elementos de propiedades, planta y equipo, deben formar parte de las partidas no corrientes, su esencia es que se conserven por un periodo superior a un año, además corresponden a partidas que en el pasado afectaron los flujos de efectivo de la entidad. Al amortizarse o depreciarse no generan efectos en la liquidez, su efecto puede verse en el estado de flujos de efectivo, cuando el flujo operacional se presenta por el método indirecto. Es de alta pertinencia, indicó la entidad, que se consideren los objetivos de los informes financieros, pues esto ayuda a los usuarios a tomar decisiones fundamentados en información de la situación financiera, el rendimiento y sobre los flujos de efectivo que obtendrá la entidad en el futuro, por ello no deberían tener efecto en otros indicadores de rendimiento, como el de capital de trabajo y liquidez.

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