Suspenden a litigante por efectuar afirmaciones inexactas en una demanda reivindicatoria
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15 de Octubre de 2020
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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sentencia por medio de la cual se suspende dos meses del ejercicio profesional a un litigante por la comisión de la falta descrita en el numeral 10 del artículo 33 de la Ley 1123 del 2007. Este tipo disciplinario se configura cuando se efectúan afirmaciones o negaciones maliciosas, citas inexactas, inexistentes o descontextualizadas que puedan desviar el recto criterio de los funcionarios, empleados o auxiliares de la justicia encargados de definir una cuestión judicial o administrativa. Según reseña el proceso, el disciplinado violó el ordenamiento disciplinario, al efectuar afirmaciones inexactas en una demanda reivindicatoria (proceso agrario), ocultando la posesión y la verdadera dirección del inmueble (M. P. Camilo Montoya).
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