"Víctimas de ""chuzadas"" sí podían solicitar detención preventiva de Bernardo Moreno (9:48 a. m.)"
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21 de Mayo de 2015
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"Así lo concluyó la Corte Constitucional al ratificar que el juez sí podía imponer la medida de aseguramiento a solicitud de la víctima, si la Fiscalía no pedía la detención del procesado. La Sala reafirmó la conclusión a la que llegó en la Sentencia T-704 del 2012, cuando dio visto bueno a la decisión de un magistrado de control de garantías del Tribunal Superior de Bogotá, que impuso aseguramiento al exsecretario de Presidencia Bernardo Moreno, hoy condenado por el escándalo de las ""chuzadas"" del DAS. La Sala Plena negó la nulidad del fallo de tutela, en el cual se concluyó que pese a que el artículo 59 de la Ley 1453 del 2011 impone que sea la Fiscalía la que solicite la medida, el juez podía aplicar la excepción de inconstitucionalidad de la norma para ese caso concreto, en defensa de la participación activa de las víctimas en el proceso penal. La Corte ratificó así la legalidad con la que actuó el tribunal al imponer dicha medida en la audiencia de imputación de cargos, aun cuando la fiscal de entonces, Viviane Morales, se abstuvo de solicitar la detención preventiva del hoy condenado Bernardo Moreno. "
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