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Sala Penal precisa elementos adicionales que exige un fallo anticipado condenatorio (3:45 p.m.)

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17 de Septiembre de 2018

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La institución de la sentencia anticipada implica renuncias comunes. Con ella se reconoce que los elementos de juicio aportados hasta ese momento son suficientes para respaldar un fallo condenatorio que parte de la certidumbre del hecho punible y de la responsabilidad del sindicado, certeza corroborada a través de la aceptación integral de los hechos por parte del imputado, entendida como confesión simple. Así pues, la Sala Penal de la Corte Suprema explicó que dicho pronunciamiento anticipado de fallo condenatorio exige además de la aceptación voluntaria y formal del procesado de los hechos imputados la verificación de la existencia de pruebas indicativas de la comisión del ilícito por parte del acusado (M. P. Luis Guillermo Salazar).

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