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Sala Penal ordena rehacer proceso por encontrar pruebas nuevas en instancias locales e internacionales

22 de Febrero de 2022

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Al resolver una acción de revisión promovida por el Ministerio Público, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de justicia dejó sin efectos las decisiones de primera y segunda instancia que en el año 2000 y en el 2001 absolvieron a un escritor por el homicidio agravado de un periodista, ocurrido en 1998.

El máximo tribunal de la justicia ordinaria ordenó rehacer el proceso, dispuso que se retrotraiga lo actuado con el fin de que se rehaga el juicio. También señaló que a partir del momento en que ese funcionario reciba el expediente se reanudará el término de prescripción de la acción penal.

La Sala Penal señaló que en este caso se cumplen los requisitos para permitir la revisión y ordenar que se tramite nuevamente el proceso. En primer lugar, es posible aceptar la acción de revisión porque se da contra un fallo absolutorio y ejecutoriado, en un caso que involucra graves violaciones de derechos humanos, por tratarse del homicidio de un periodista.

La Corte declaró fundada la revisión porque hay pronunciamientos judiciales internos y de instancias internacionales que constatan la existencia de hechos o pruebas nuevas, que no solo involucran a miembros de la antigua guerrilla de las FARC sino también a un escritor absuelto en el proceso.

El máximo tribunal de la justicia ordinaria tuvo en cuenta que la Fiscalía recibió en varias sesiones, años después de concluido el proceso, el testimonio de un desmovilizado de las FARC que aseguró, en el 2006, un año antes de ser asesinado, que el escritor absuelto había participado como supuesto determinador del homicidio del periodista, aportando supuestamente dineros para su ejecución.

La Corporación señala que esta es una prueba nueva en la medida que no fue conocida ni recaudada en los procesos penales que terminaron con el fallo absolutorio (M. P. Gerson Chaverra Castro).

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