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Recuerdan aplicación del aumento generalizado de penas consagrado en la Ley 890 del 2004 (2:35 p.m.)

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04 de Febrero de 2014

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La Sala Penal de la Corte Suprema ratificó que el aumento de penas para todos los delitos, efectuado por el artículo 14 de la Ley 890 del 2004, solo aplica a las conductas investigadas y juzgadas bajo la Ley 906 del mismo año. Sin embargo, el alto tribunal explicó que esa interpretación únicamente se refiere al incremento generalizado de penas para todos los punibles, pero no al relacionado con ciertos ilícitos, es decir, los señalados en los artículos 7° al 13 de la Ley 890, pues el legislador no quiso condicionar su vigencia al sistema procesal, teniendo en cuenta que al 7 de julio del 2004, fecha de expedición de esta norma, aún no había entrado a regir el sistema penal acusatorio (M. P. Eyder Patiño).

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