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Piden aprobar proyecto contra la violencia de género digital

Faculta a los jueces para ordenar la eliminación de contenido íntimo publicado sin consentimiento.
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Imagen
mujer-celular- preocupada(freepik)

12 de Marzo de 2025

El Senado de la República publicó el informe de ponencia positiva para primer debate del proyecto de ley conocido como "Ley de protección integral contra la violencia de género digital", cuyo propósito es establecer medidas para prevenir, sancionar y reparar este tipo de agresiones en entornos digitales. 

La iniciativa, respaldada por congresistas de diversas bancadas, busca garantizar el derecho de las mujeres y niñas a una vida libre de violencia en plataformas digitales. 

El articulado contempla un enfoque integral para enfrentar la violencia digital de género. Entre las medidas propuestas se destacan estrategias de sensibilización y educación lideradas por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y el Ministerio de Educación, con el fin de promover un uso seguro de las plataformas . Asimismo, se plantea la actualización de protocolos de salud y la implementación de asistencia sicológica especializada para las víctimas, con especial atención a menores de edad afectados por estos delitos. (Lea: Violencias de género en clave mujer, sistema de justicia y tecnología: crisis y soluciones)

Se proponen disposiciones que facultan a los jueces para ordenar la eliminación de contenido íntimo publicado sin consentimiento, garantizando el respeto al debido proceso y los principios constitucionales. Además, contempla el acceso a asistencia jurídica gratuita con perspectiva de género, brindada por la Defensoría del Pueblo y otras entidades estatales. 

El Ministerio del Trabajo deberá diseñar una política de prevención y atención frente a la violencia de género digital en el ámbito laboral, la cual deberá ser implementada por las aseguradoras de riesgos laborales en coordinación con el respectivo comité de convivencia laboral.

En materia penal, el que difunda, distribuya o haga intercambio digital de fotografías, audio o videos sin el consentimiento de la persona que figura o aparece en dicho material íntimo sexual con la finalidad de menoscabar su dignidad humana incurrirá en prisión de 16 a 54 meses y multa de 13,33 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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