Reserva legal de información contenida en expedientes pensionales no puede entenderse en abstracto
24 de Noviembre de 2020
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La reserva legal de la información contenida en las hojas de vida, la historia laboral y los expedientes pensionales no puede entenderse en abstracto y de manera genérica, así lo precisó la Sala Penal de la Corte suprema de Justicia, por medio de un auto. Sumado a ello, aseguró que solo están amparados por este ámbito de protección los documentos que contengan información referente al núcleo esencial del derecho a la intimidad de la persona. Lo anterior significa que los documentos que no aludan a la naturaleza de esta garantía no tienen la connotación de datos sensibles, ni se vinculan con la esfera o espacio de vida privada no susceptible de la interferencia arbitraria de las demás personas. Adicionalmente, y con base en la Sentencia C-336 del 2007, recordó que los datos relativos a las relaciones con las entidades de la seguridad social constituyen información semiprivada, lo que descarta la necesidad de intervención de los jueces de control de garantías para su acopio (M. P. Fabio Ospitia Garzón).
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