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Fiscalía no puede terminar el proceso mediante la adición del escrito de acusación (12:00 p.m.)

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14 de Abril de 2015

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia afirmó que la Fiscalía General de la Nación no puede terminar el proceso mediante la adición del escrito de acusación. Por el contrario, al fiscal le está permitido retirar dicho escrito antes de la celebración de la audiencia de acusación, sin que esto implique la finalización de la actuación frente a alguno de los delitos investigados. En efecto, ante la ausencia de mérito para sostener la acusación, dicho funcionario debe solicitar la preclusión al juez de conocimiento, aun cuando no haya habido formulación de la imputación, precisó el alto tribunal. Frente a este aspecto, la sentencia aclaró que no es posible presentar la petición de preclusión por atipicidad de la conducta luego de la audiencia de acusación, dado que esto solo es factible si sobrevienen las causales primera y tercera del artículo 332 del Código de Procedimiento Penal, esto es, la imposibilidad de iniciar o continuar el ejercicio de la acción penal y la inexistencia del hecho investigado, respectivamente (M. P. José Leonidas Bustos).

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