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Ninguna irregularidad implica fundamentar en la prueba indiciaria la decisión que pone fin a la actuación penal (10:53 a.m.)

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09 de Septiembre de 2013

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En el trámite de casación de una sentencia que condenó a un fiscal como autor del delito de destrucción, supresión u ocultamiento de documento público, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que el indicio es un proceso lógico-deductivo a través del cual se emite un juicio de valor a partir de una regla de experiencia y la comprobación de un hecho indicador para inferir la existencia de otro (el artículo 233 de la Ley 600 del 2000 incluye los indicios entre los medios probatorios indirectos). En este sentido, el alto tribunal advirtió que ninguna irregularidad implica tener la prueba indiciaria como fundamento para adoptar la decisión que ponga fin a la actuación penal. Con estos argumentos, el alto tribunal confirmó la decisión de un juez que atribuyó la sustracción y desaparición de una pieza procesal al mencionado fiscal (M. P. Luis Guillermo Salazar).b

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