¿Los testimonios pueden demostrar la capacidad económica del padre frente al delito de inasistencia alimentaria?
22 de Enero de 2021
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Nota:
119244
Frente al delito de inasistencia alimentaria, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia precisó que la demostración de la capacidad económica del padre alimentante se puede efectuar a través de prueba testimonial. En virtud de ello, afirmó que el elemento “sin justa causa” de esta conducta punible puede ser extraído de los testimonios aportados al proceso y estas pruebas son válidas, para inferir en sana crítica, como en el presente asunto, que el implicado y padre biológico del alimentario decidió desentenderse de su obligación alimentaria, pese a tener recursos económicos para su cumplimiento. Por lo tanto, que no se hayan allegado al proceso documentos relacionados con contratos laborales por él celebrados o constancias de los ingresos obtenidos por su actividad laboral no desvirtúa el hecho probado del ejercicio y desempeño de su profesión u oficio. En el caso concreto, con los testigos se comprobó que el procesado contaba con las posibilidades de cumplir con su obligación alimentaria para con su hija. Conozca más precisiones del caso concreto en el texto adjunto (M. P. Eugenio Fernández Carlier).
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