Lista sentencia que declaró constitucionales los programas de superación de adicciones para beneficiarios del principio de oportunidad (8:00 a.m.)
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05 de Agosto de 2014
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Al considerar que las condiciones que debe cumplir el imputado o acusado durante el periodo de prueba en aplicación del principio de oportunidad son razonables y proporcionales, la Corte Constitucional declaró exequibles los literales b) y d) del artículo 326 de la Ley 906 del 2004, modificado por el artículo 4º de la Ley 1312 del 2009. En su opinión, existe claramente una finalidad válida a la luz de la Constitución, pues esas condiciones hacen parte de los casos que puede establecer la ley para la aplicación del principio de oportunidad en el marco de la justicia restaurativa, en desarrollo de la política criminal del Estado. Finalmente, sobre la participación en programas especiales de tratamiento para superar problemas de dependencia a drogas y bebidas alcohólicas, y el sometimiento a tratamiento médico o sicológico, señaló que esas condiciones constituyen límites al libre desarrollo de la personalidad válidos constitucionalmente (M. P. Jorge Iván Palacio).
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