Penal
Suspenden norma que permitía a entes distintos a la Fiscalía conocer datos de interceptaciones
El Gobierno se extralimitó en sus funciones al incluir la expresión “o demás autoridades competentes”, en al artículo 4º del Decreto 1704 del 2012.08 de Agosto de 2013
El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de la norma que les permitía a organismos distintos a la Fiscalía General de la Nación acceder a datos obtenidos mediante la interceptación de comunicaciones legalmente autorizadas.
La Sección Primera consideró que el Gobierno se extralimitó en sus funciones al incluir la expresión “o demás autoridades competentes”, en al artículo 4º del Decreto 1704 del 2012.
Según la corporación, el artículo 52 de la Ley 1453 del 2011, modificatoria del Código Penal, indica que es el organismo investigador el encargado de prever el uso de dicha información.
“La Fiscalía General de la Nación, en su papel de directora y coordinadora de las funciones de policía judicial y de principal responsable de la interceptación a las comunicaciones privadas, es la entidad quien debe monopolizar este poder y asumir la responsabilidad por el manejo de los datos así obtenidos”, señaló la Sección.
La frase acusada, además de una vulneración al derecho a la intimidad, supone un exceso en el ejercicio de la potestad reglamentaria por parte del Gobierno y un desconocimiento de la competencia para modificar las leyes.
El Consejo recordó que, constitucionalmente, toda intervención en un ámbito reservado de la intimidad de las personas, como las comunicaciones privadas, goza de una reserva legal.
Finalmente, señaló que al habilitar a otras autoridades el ejercicio de esta prerrogativa se crea un riesgo para el derecho a la intimidad, consistente en la fragmentación de la responsabilidad de la obtención de información personal.
(Consejo de Estado, Sección Primera, Auto 11001032400020130001800 (20130018), jul. 31/13,C. P. Guillermo Vargas Ayala)
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