Fiscalía establece directrices claras para archivar procesos penales
Los fiscales deberán cumplir principios de debida diligencia, agotar líneas investigativas y garantizar derechos de víctimas.
30 de Abril de 2025
La Fiscalía General de la Nación emitió una directiva con el fin de unificar criterios en la emisión de órdenes de archivo en investigaciones penales. La norma establece que los fiscales podrán archivar un proceso cuando los hechos investigados no constituyen delito, no ocurrieron, fueron denunciados anónimamente sin pruebas o vencieron los plazos legales sin avances. También se contemplan casos como conciliaciones exitosas en delitos querellables y falta de pruebas suficientes para formular imputación.
Según el documento, el archivo no extingue la acción penal ni constituye cosa juzgada, lo que permite reabrir las diligencias si surgen nuevas pruebas o si la decisión fue improcedente. Además, antes de ordenar un archivo, los fiscales deben demostrar que cumplieron con principios de debida diligencia, como oficiosidad, exhaustividad, agotar líneas investigativas y garantizar que la carga de la prueba no recaiga en las víctimas. (Lea: Presunción de dolo en la conducción en estado de embriaguez: un enfoque cuestionable)
La directiva exige que la orden de archivo contenga justificación fáctica, jurídica y probatoria, una relación de las actividades investigativas adelantadas y la identificación de las partes. También se deberán explorar todas las hipótesis delictivas posibles antes de concluir que no existe delito o responsabilidad. La decisión debe comunicarse a las víctimas, al Ministerio Público y, si hay indiciados, a su defensa, para garantizar el derecho a la contradicción.
Además, la Fiscalía señala que el archivo no debe utilizarse como mecanismo de gestión de carga laboral ni como instrumento de política criminal. Se establecen diferencias clave con figuras como la preclusión, que requiere intervención judicial, y la inadmisión, que se da antes de abrir una investigación formal. Estas pautas buscan asegurar transparencia, legalidad y respeto por los derechos procesales en todas las etapas del proceso penal.
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