Falsedad ideológica en documento público es delito de peligro (10:10 a.m.)
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26 de Marzo de 2014
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia indicó que la falsedad ideológica en documento público es un delito de peligro presunto en el cual el legislador presume esa posibilidad de daño. Este tipo penal no es de peligro concreto, en el cual es necesario revelar la efectiva ocurrencia de riesgo para el bien jurídico. Para llegar a esta conclusión, el alto tribunal recordó que la alteración de la verdad en los documentos públicos afecta el interés general de la comunidad por la confianza que se deposita en los mismos para acreditar relaciones jurídicas. Es en esa medida que los delitos contra la fe pública no prevén la destrucción o mengua del bien jurídico protegido, sino la amenaza o puesta en riesgo del mismo, concluyó la sala (M.P. Eugenio Fernández Carlier).
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