Facultad de los fiscales para formular imputación no es ilimitada (10:03 a.m.)
102083
22 de Julio de 2015
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia advirtió que la facultad que tienen los fiscales para formular imputación no es ilimitada, porque aunque la imputación sea un acto de parte su procedencia se encuentra circunscrita a la existencia de una inferencia razonable que, al igual que la probabilidad de verdad, son juicios lógicos intermedios entre la duda y la superación de esta. Así, el alto tribunal recordó que de acuerdo con lo contemplado en el artículo 336 del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 2004), la fiscalía debe presentar escrito de acusación cuando pueda afirmar, con probabilidad de verdad, que la conducta delictiva existió, y que el imputado es su autor o partícipe, lo que además requiere de la existencia de una inferencia razonable fundada en los elementos materiales probatorios (M.P. Patricia Salazar).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!