Declaraciones de desmovilizados en Justicia y Paz no contienen una verdad incontrastable (3:46 p.m.)
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22 de Diciembre de 2015
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Las manifestaciones rendidas por los desmovilizados sometidos al proceso transicional de la Ley 975 del 2005 no ostentan per se un valor dado, una calidad especial, ni están marcadas por una especie de tarifa legal, reiteró la Sala Penal de la Corte Suprema. De ese modo, agregó, sus testimonios no están dotados de un contenido de verdad absoluto, ni siquiera relativo, pues en todo caso están sometidas a demostración, prevista en el inciso tercero del artículo 17 de la citada ley, modificado por el artículo 14 de la Ley 1592 del 2012. Según lo determinó la providencia, la versión rendida por el desmovilizado, y las demás actuaciones adelantadas en el proceso de desmovilización, serán objeto de estudio por el fiscal delegado asignado para iniciar la investigación, comprobar la veracidad de la información suministrada y esclarecer esos hechos y todos aquellos de los cuales tenga conocimiento dentro del ámbito de su competencia (M.P. Fernando Alberto Castro).
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