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Condenan a juez que constriñó a subordinado para que obtuviera un préstamo y le entregara el dinero

La conducta determinó en la víctima un temor fundado de perder su empleo si no accedía a lo solicitado.
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Abogado se comprometió a instaurar proceso y no inició la gestión, conozca la sanción (Freepik)

09 de Octubre de 2023

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En este caso se probó que el acusado, en su condición de juez, abusó de las funciones nominadoras del cargo al constreñir a la oficial mayor de su despacho para que obtuviera un préstamo por $ 10’000.000 y le entregara dicha suma, amenazándola con desvincularla del cargo si no accedía a sus pretensiones, por ello se le condenó por el delito de concusión.

También se acreditó que el constreñimiento desplegado era idóneo para doblegar la voluntad de la víctima y que la obtención del préstamo en los términos propuestos por el juez constituía una utilidad indebida. De igual manera que entre el acto de constreñir y la utilidad indebida existía un claro nexo relacional antecedente consecuente y que la conducta típica determinó en la víctima un temor fundado de perder su empleo si no accedía a las pretensiones del titular del despacho. Adicionalmente, se acreditó que era recurrente que el juez solicitara este tipo de favores a sus empleados.

En relación con la utilidad, la Sala aclaró que en este proceso no se vincula con el hecho de que el procesado se haya apropiado de dineros de su empleada, sino con el provecho personal que obtenía al lograr que la suma de dinero ingresara a su patrimonio sin realizar trámites ni asumir riesgos por incumplimiento en los pagos, ni afectar su capacidad crediticia, todo lo cual se erige en un abuso, en una acción indebida, que no desaparece por la promesa de subrogarse en la deuda.

Finalmente, se determinó que la configuración del acto de constreñimiento exigido en el tipo penal de concusión se acreditó en cuanto a que la petición estuvo acompañada de presiones indebidas y anuncios de represalias que se materializarían con su desvinculación del cargo como finalmente ocurrió (M. P.: Fabio Ospitia Garzón).

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