Bajo Ley 600 del 2000, recuerdan término prescriptivo de acción penal frente a delitos cometidos por servidores públicos (4:27 p.m.)
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24 de Octubre de 2014
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Cuando se trate de actuaciones ejercidas en el marco de la Ley 600 del 2000 contra servidores públicos, una vez producida la interrupción del término de prescripción de la acción penal por quedar en firma la resolución acusatoria, el plazo para que esta opere será de mínimo 6 años y 8 meses y máximo 13 años y 4 meses, reiteró la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. A su juicio, en ningún caso, la acción penal por el delito donde sea autor, partícipe o interviniente un servidor público en ejercicio o con ocasión de sus funciones prescribe en un lapso inferior a ese mínimo, ya sea que el fenómeno se presente antes de ejecutoriarse la resolución acusatoria en la instrucción o se produzca después de quedar en firme la acusación en el juzgamiento. Además, el alto tribunal aclaró que ello aplica siempre, aunque el ilícito genere sanción no privativa de la libertad y la pena máxima de prisión sea inferior a cinco años (M. P. Fernando Castro).
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