Así puede sustituir su pena por labores de utilidad pública
La solicitud debe ser presentada por la mujer o su defensor ante el juez correspondiente, ya sea el de conocimiento o el de ejecución de penas.
08 de Mayo de 2025
El Ministerio de Justicia estableció los lineamientos para que mujeres cabeza de familia condenadas por delitos menores puedan sustituir su pena de prisión por la prestación de un servicio de utilidad pública. Esta alternativa aplica si la pena es igual o menor a ocho años o si corresponde a delitos como hurto o los relacionados con drogas. Para acceder al beneficio, es necesario demostrar que no se tienen antecedentes judiciales en los últimos cinco años y que se ejerce la jefatura del hogar con personas dependientes menores o con discapacidad permanente.
La solicitud debe ser presentada por la mujer o su defensor ante el juez correspondiente, ya sea el de conocimiento o el de ejecución de penas. Esta petición debe incluir un plan de ejecución que defina las actividades de servicio a realizar. En caso de que la mujer ya esté cumpliendo su condena, el juez descontará el tiempo ya cumplido y calculará el tiempo restante en equivalencia con el nuevo plan. El servicio debe comenzar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la aprobación del plan, salvo que haya causas justificadas. (Lea: Paso a paso para otorgar poder a un abogado)
El servicio de utilidad pública contempla labores sociales como la recuperación de espacios públicos, apoyo a víctimas, actividades educativas y asistencia a comunidades vulnerables. Cada cinco horas de trabajo se considera como una semana de pena redimida, con una jornada que no podrá exceder las ocho horas diarias ni interferir con el trabajo o estudio de la condenada. Además, el juez debe tener en cuenta las responsabilidades de cuidado que ella desempeña en su hogar.
El beneficio no tiene costo ni requiere la contratación de un abogado y debe realizarse en el lugar donde residen las personas a cargo de la condenada. El juez hará seguimiento al cumplimiento del plan de ejecución. Si se presentan faltas en tres ocasiones, el beneficio podrá suspenderse y se ordenará el cumplimiento de la pena privativa de la libertad.
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