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Penal


Prohíben ingreso de nuevos internos a la cárcel Bellavista de Medellín

El tribunal dio a las autoridades dos años para reparar la infraestructura del penal.
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20 de Marzo de 2013

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Además de esta prohibición transitoria, el Tribunal Superior de Medellín impartió órdenes al Gobierno y al Inpec, entre otras autoridades, para que solucionen los problemas de hacinamiento, a través de mecanismos como el otorgamiento de beneficios de excarcelación y la separación entre procesados y condenados.

 

En un plazo máximo de seis meses, deberán diseñar un plan para corregir las fallas infraestructurales del penal, incluyendo el mejoramiento de sistemas de drenaje y la solución a problemas de salubridad, con plazos de ejecución no superiores a dos años.

 

También, el tribunal ordenó un adecuado manejo de las hojas de vida de los internos, para llevar de manera organizada y completa toda la documentación sobre su situación judicial.

 

En este sentido, llamó la atención sobre la carencia absoluta de profesionales en trabajo social, psicología  y de abogados que se dediquen de manera exclusiva a las valoraciones y conceptos jurídicos sobre los internos.

 

El fallo advierte que en seis meses debe estar listo un plan de mejoramiento de los residuos hospitalarios, para disminuir la exposición al riesgo de los pacientes y garantizar una buena atención en salud a los reclusos.

 

El Tribunal solicitó el acompañamiento de la Procuraduría en estos procesos y pidió a las autoridades de salud investigar las irregularidades que llevaron a impartir estas directrices. También solicitó al Fiscal General que nombre una unidad especial de investigadores por la muerte de tres reclusos, por presunto descuido de sus médicos.

 

Finalmente, recordó  que, según la jurisprudencia de la Corte Constitucional, es obligación del Estado garantizar las condiciones materiales de existencia a las personas privadas de la libertad y dotarlos de agua, vestuario, utensilios de higiene, alimentación, celda, salubridad, seguridad, servicios sanitarios, descanso nocturno, entre otras.

 

(Tribunal de Medellín, Sentencia 050012205000201300130, mar 4/13)

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