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Cosa juzgada internacional en caso de desaparición, tortura y homicidio de integrante de la UP

Sin embargo, condenaron a la Policía Nacional a indemnización perjuicios a las víctimas.
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26 de Abril de 2024

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El Consejo de Estado condenó a la Policía Nacional a reparar a los familiares de un militante de la Unión Patriótica (UP) que fue desaparecido forzosamente, torturado y asesinado por integrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia, en hechos ocurridos en el 2002, en el municipio de Curillo, Caquetá.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ya había condenado Estado colombiano por la desaparición forzada de la que fue objeto la víctima directa, lo que condujo a la máxima instancia contenciosa a declarar la cosa juzgada internacional sobre la responsabilidad de la Administración en la producción del daño antijurídico.

Por ello, la Sección Tercera del Consejo de Estado ordenó la reparación económica de las víctimas por concepto de perjuicios morales y obligó al Estado colombiano a que cumpla las medidas de reparación integral de naturaleza no pecuniarias que le impuso la Corte IDH por la persecución sistemática y graves violaciones a derechos humanos de la que fueron víctimas los integrantes de la UP (M. P.: María Adriana Marín).

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