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Traslados exentos del GMF en encargos fiduciarios se dirigen a una de las partes del contrato, aunque se trate de una o varias personas (12:16 p.m.)

76901

13 de Octubre de 2011

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Cuando los numerales 4 y 5 del artículo 8 del Decreto 660 del 2011, sobre traslados exentos del gravamen a los movimientos financieros, señalan “fideicomitente constituyente”, “mandante inicial” y “cliente inicial” no se está refiriendo a un único sujeto, sino al “primero” que haya constituido el encargo fiduciario, patrimonio autónomo o cuenta bancaria, sin importar que esté conformado por un número plural de sujetos o por uno solamente, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En el caso del encargo fiduciario, dichas expresiones se refieren a una de las partes de los contratos de fiducia, la cual puede estar conformada por una o varias personas.

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