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Superindustria reiteró obligación de renovar la matrícula mercantil y aclaró que no es competente para definir su forma de pago (2:35 p.m.)

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24 de Febrero de 2011

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La Superintendencia de Industria y Comercio reiteró que es deber de todo comerciante renovar la matrícula mercantil e informar cualquier modificación que implique una alteración o mutación en su actividad. En caso de que dicha información se suministre a la cámara de comercio con posterioridad a la matrícula o renovación, su inscripción causará los derechos previstos en el artículo 25 del Decreto 393 del 2002. La entidad aclaró que no le corresponde resolver consultas sobre la forma de pago de las renovaciones del registro mercantil o si este valor puede ser compensado con el servicio que presta el comerciante.

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