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Operaciones de integración patrimonial con inversiones internacionales deben regirse por la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 (3:48 p.m.)

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12 de Julio de 2010

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Las operaciones de integración patrimonial donde estén involucradas inversiones internacionales deben regirse por lo previsto en la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83, que determina los procedimientos para efectuar el registro de dichas inversiones y las operaciones de cambio respectivas. La Superintendencia de Sociedades precisó que su competencia en estos eventos se limita a imponer las sanciones a que haya lugar en los términos del Decreto 2800 del 2000, por las infracciones al régimen cambiario derivadas del incumplimiento de cualquiera de sus normas, de conformidad con los reportes que envía el Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República.

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