Mipymes deben adelantar el trámite de matrícula mercantil, a través del registro único empresarial (11:34 a.m.)
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12 de Febrero de 2010
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Con el fin de reducir los trámites de las mipymes ante el Estado, el artículo 11 de la Ley 590 del 2000 integró el registro mercantil y el registro único de proponentes en el registro único empresarial, a cargo de las cámaras de comercio y el cual tiene validez para todos los trámites, gestiones y obligaciones, sin perjuicio de las disposiciones especiales en materias tributarias, arancelarias y sanitarias, señaló la Superintendencia de Sociedades. Por lo tanto, para acreditar la calidad de comerciante, dichas empresas deben tramitar la respectiva matrícula mercantil a través del registro único empresarial.
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