Contratos de agencia comercial están sujetos a registro mercantil (10:19 a.m.)
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08 de Noviembre de 2010
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Los contratos por medio de los cuales se otorga la distribución exclusiva de un producto o servicio en un determinado territorio no están sujetos a la inscripción en el registro mercantil, pues no existe una norma que lo ordene expresamente ni están previstos en el artículo 28 del Código de Comercio, señaló la Superintendencia de Industria y Comercio. Sin embargo, aclaró la entidad, los contratos de agencia comercial sí están sujetos a dicha formalidad, pues el comerciante asume de manera independiente y estable el encargo de promover o explotar negocios en un determinado ramo y dentro en una zona prefijada, como representante o agente de un empresario nacional o extranjero o como fabricante o distribuidor de uno o varios productos del mismo.
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