Valor de los auxilios no constitutivos de salario que excede el 40 % del salario total integra base para cotizar (12:00 p.m.)
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26 de Agosto de 2013
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Para efectos de dar aplicación al artículo 30 de la Ley 1393 del 2010 (reforma tributaria para la salud), en relación con la base de cotización a los sistemas de salud y pensión, para liquidar auxilios que no constituyen salario, como puede ser el caso de los pagos para educación, siempre y cuando estos no superen el 40 % del salario que devenga el trabajador, la diferencia se debe sumar a total, para establecer la base y cancelar los aportes correspondientes al periodo en el cual el empleador reconoció el beneficio. Así lo precisó el Ministerio del Trabajo, en concepto de julio.
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