Trabajador puede denunciar ante el inspector de trabajo el desconocimiento de su derecho a dotación (5:10 p.m.)
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19 de Octubre de 2011
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De acuerdo con el artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo, para que se concrete el derecho a recibir dotación es necesario que el empleador ocupe habitualmente uno o más trabajadores permanentes, que la remuneración del beneficiario no supere dos veces el salario mínimo legal y que el trabajador haya cumplido más de tres meses a su servicio, recordó el Ministerio de la Protección Social. Si un trabajador considera desconocido su derecho al suministro de calzado y vestido de labor, puede acudir al inspector de trabajo de su sede laboral y presentar la queja de manera verbal o escrita, con el fin de que este inicie la investigación correspondiente e imponga las sanciones a que haya lugar.
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