Sala Laboral se manifiesta sobre unidad del contrato de trabajo
30 de Agosto de 2022
El contrato de trabajo a término fijo es una de esas modalidades contractuales autorizadas por el legislador que no ha perdido legitimidad y que puede ser utilizada libremente por el empleador de acuerdo a sus necesidades, dentro de los precisos límites establecidos legalmente, recordó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
Agregó que se encuentra adoctrinado en esta Corporación que esa libertad de elegir la modalidad contractual no es absoluta para el empleador, en la medida que no puede servir de mecanismo para desconocer derechos de los trabajadores.
Por ello, corresponde al juez el deber de examinar si materialmente existió unicidad en el contrato de trabajo, para de allí extraer sus consecuencias, pues no en pocas ocasiones se han adoptado estas prácticas con el ánimo de restar antigüedad en el servicio del trabajador, bien para favorecerse en la liquidación de las cesantías o para beneficiarse al momento de ejercer la potestad de dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo (M. P. Donald José Dix Ponnefz).
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