Responsabilidad por culpa del empleador en el accidente laboral no desaparece si el trabajador también fue culpable (3:40 p.m.)
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03 de Junio de 2015
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No existe incompatibilidad entre la indemnización por incapacidad permanente parcial a cargo de la ARL y la reparación plena de perjuicios a cargo del empleador que ha incurrido en culpa comprobada, teniendo en cuenta que la primera cubre el riesgo laboral propio de la responsabilidad objetiva del patrono, reiteró la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Además, explicó que la responsabilidad de la empresa en el accidente laboral no desaparece cuando este ocurre también por la concurrencia de un comportamiento descuidado o imprudente del trabajador, pues no se admite la compensación de culpas. Según el fallo, dicha indemnización plena consagrada en el artículo 216 del Código Sustantivo del Trabajo es una regulación autónoma de la responsabilidad patronal, en donde no opera el concurso de culpas previsto en el artículo 2357 del Código Civil (M. P. Jorge Mauricio Burgos).
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