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Reiteran procedencia de inclusión de prima especial en base liquidatoria de prestaciones de servidores de la Fiscalía desde el año de reconocimiento inicial (3:10 p.m.)

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14 de Septiembre de 2012

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El Consejo de Estado reiteró que en fallo proferido en agosto del 2010 se advirtió que la no inclusión de la prima especial del 30 % en la base liquidatoria de las prestaciones de los empleados de la Fiscalía General de la Nación, en los años que van de 1993 a 1997 y el 2000, violaba los derechos laborales y los principios constitucionales. Por ende, esta prestación debe reconocerse bajo esas circunstancias, destacó. De otro lado, se aclaró que el término prescriptivo en estos eventos se cuenta a partir de la primera decisión que anuló la expresión que negaba el carácter salarial a la prima, es decir, desde el 14 de febrero del 2002. Así, declaró la nulidad de las resoluciones que negaron la inclusión de ese porcentaje a una funcionaria de la entidad en algunos periodos (C.P. Luis Rafael Vergara).

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