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Ponencia negativa a reforma laboral genera enfrentamiento entre el Gobierno y el Congreso

Ocho senadores piden archivar la propuesta, hay una ponencia favorable y se radicó ponencia alternativa de la senadora Norma Hurtado.
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11 de Marzo de 2025

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Hoy se radicó una ponencia de archivo del proyecto de ley 166/23C-192/23C-256/23C-311/24S (reforma laboral del Gobierno) firmada por ocho senadores (Miguel Ángel Pinto, Nadia Blel, Esperanza Andrade, Alirio Barrera, Honorio Henríquez, Berenice Bedoya, Lorena Ríos y Ana Paola Agudelo).

Vale además mencionar que Norma Hurtado presentará una tercera ponencia en la que pide modificar artículos de la iniciativa e incorporar nuevas normas a pedido de los gremios. “La propuesta introduce 40 cambios significativos, de los cuales 21 son ajustes orientados a mejorar la seguridad jurídica en el país, proteger efectos adversos sobre el mercado laboral, así como sobre la productividad, en especial para las micro, pequeñas y medianas empresas”, dijo Hurtado a medios de comunicación. (Lea: Especial reforma laboral)

Al conocer la radicación de la ponencia, el presidente Gustavo Petro amenazó con una ruptura entre el Congreso y el Gobierno.

Casi inmediatamente, el presidente del Senado, Efraín Cepeda, respondió al mandatario reclamando respeto a la autonomía del Legislativo.

Así, los senadores se enfrentarán a una ponencia favorable con 83 artículos, apoyada por el Ejecutivo, otra ponencia alternativa y una que parece tener los votos para hundir una de las propuestas clave del Gobierno.

¿Qué trae la reforma laboral?

La iniciativa del Ministerio del Trabajo entra a penúltimo debate y la Cámara de Representantes aprobó diversos elementos de las relaciones de trabajo, como la primacía del contrato laboral a término indefinido, aunque podrán celebrarse contratos de trabajo a término fijo, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio.

Además, el trabajador podrá dar por terminado el contrato mediante preaviso de 30 días calendario para que el empleador provea su remplazo y en ningún caso se podrá pactar sanción para el empleado que omita preavisar.

Cuando el contrato de trabajo se celebre por un término inferior a un año podrá firmarse un acuerdo para prorrogarlo el número de veces conveniente; sin embargo, después de la tercera prórroga el contrato no podrá renovarse por un periodo inferior a un año. En ningún caso podrá superarse el término máximo de cuatro años.

Horario de trabajo

La ponencia indica que el trabajo diurno será el que se realice entre las 6:00 a. m. y las 7:00 p. m. El trabajo nocturno irá entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m.

Por otro lado, la licencia de paternidad aumentará de manera progresiva hasta llegar a cuatro semanas en el 2026 y estará a cargo de la EPS o entidad que el Gobierno determine, será reconocida por el nacimiento o adopción de hijos.

Además, se fija el auxilio de conectividad para teletrabajadores que devenguen menos de dos salarios mínimos mensuales, en reemplazo del auxilio de transporte. Si bien será equivalente al de transporte y se ajustará anualmente, no será constitutivo de salario, aunque será base de liquidación de prestaciones sociales.

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