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Para efectos de reliquidación, precisan cómo actualizar el IBL cuando el afiliado sigue cotizando luego de estructurarse la pensión (4:01 p.m.)

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13 de Junio de 2014

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La actualización del ingreso base de liquidación para efectos de obtener reliquidación, en los eventos en que con posterioridad a la estructuración de la pensión de vejez los afiliados deciden continuar cotizando, debe hacerse hasta la fecha de causación del derecho o del último aporte, señaló la Corte Suprema de Justicia. En este caso, se toma el salario mensual base de cotización de toda la vida laboral, se actualiza año por año con el IPC anual certificado por el DANE, desde la fecha en que lo devengó hasta aquella en que se consolidó el derecho o hasta que se efectúa la última cotización, cuando se sufraguen aportes adicionales con posterioridad a la fecha de causación (Jorge Mauricio Burgos Ruiz).

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